La principal medida que recoge el Real Decreto-ley 2/2023 es la reforma del sistema de cálculo para las pensiones.

Desde el 1 de enero de 2026 el sistema para calcular las pensiones se establece en un modelo dual y coincidirán:

  • El sistema actual (que se calcula sobre lo cotizado en los últimos 25 años).
  • Y el nuevo modelo que implicará calcular los mejores 27 años cotizados de entre los últimos 29.

La Seguridad Social elegirá el modelo que sea más beneficioso para la persona que se jubila.

Este cambio se realizará de manera gradual y progresiva. Hasta 2040 podrá elegirse entre esta opción y los últimos 25 años.

Entre 2041 y 2043 la opción de 25 años irá subiendo a razón de seis meses por año, desde 25,5 años en 2040 hasta 26,5 años en 2043 y se podrá elegir entre este periodo o los 29 años (menos los dos años peores).

A partir del año 2044 no se podrá elegir y se implantará la segunda fórmula para todas las personas en edad de jubilación.

Los meses no cotizados de esos 29 años se contabilizarán hasta 48 con la base mínima y el resto al 50% de esa base por regla general.

Qué novedades incluye la ley de pensiones?

El Real Decreto-ley 2/2023 recoge las siguientes medidas:

Incremento de las pensiones mínimas 

Desde 2027 las pensiones mínimas no serán inferiores al umbral de la pobreza calculado para un hogar compuesto por dos adultos.

Por su parte, las pensiones no contributivas, una vez revalorizadas, se incrementarán adicionalmente cada año, tomando como referencia el umbral de la pobreza de un hogar unipersonal.

Suben las cotizaciones

Las bases máximas de cotización mensuales se irán incrementando desde los 4.495 euros actuales de acuerdo con la subida del IPC.

Desde 2024 hasta 2050 a las subidas del IPC se les va a sumar un 1,2% adicional. Esto implicará un aumento acumulado del 38% hasta 2050.

Cuota de solidaridad

Se establece un nuevo impuesto: la cotización adicional de solidaridad para los salarios más altos. Será de aplicación desde el 1 de enero de 2025 con el fin de gravar los salarios que superen la base máxima.

De esta manera, se desplegará gradualmente la cuota de solidaridad tomando como referencia las cuotas de alrededor del 1% en 2025, hasta alcanzar valores alrededor del 6% en 2045.

Es decir, se aplicará:

  • Cuota de solidaridad del 0,90% a los salarios que superen la base máxima en un 10%.
  • Cuota de solidaridad del 1% a los salarios que superen la base máxima entre un 10,1% y un 50%.
  • Cuota de solidaridad del 1,17% para los salarios por encima del 50% de la base máxima.

Nuevo Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI)

Otro de los cambios que incluye la norma es el nuevo diseño del MEI que irá subiendo de forma progresiva.

Ahora mismo el MEI es de un 0,6% en total (0,5% para la empresa y 0,1% para la persona trabajadora), pero irá ascendiendo hasta alcanzar el 1,2% (1% para la empresa y 0,2% para la persona empleada) en 2029. Se quedará en esa cifra, si nada cambia, hasta 2050.

Este impuesto no podrá tener deducciones e irá íntegro al fondo de reserva, la llamada hucha de las pensiones.

Una novedad importante es que si el gasto en pensiones sobrepasa el 15% del PIB el MEI podrá aumentar de manera automática.

Brecha de género

El Real Decreto-ley establece un complemento de brecha de género para reducir la diferencia entre las pensiones que reciben las mujeres y las pensiones que reciben los hombres.

El complemento de brecha de género se va a subir en los dos próximos ejercicios (2024 y 2025) un 10% adicional al IPC.

Además, se va a mejorar la cobertura con enfoque especial para las mujeres y se van a cubrir hasta cinco años de vacío de cotización con el 100% de la base mínima. El sexto y séptimo año sin cotizar será cubierto con un 80% de la base mínima (actualmente se cubría un 50%).

Asimismo, se van a subir las pensiones mínimas de jubilación para personas mayores de 65 años con su cónyuge a cargo.

Pensión mínima de 1.200 euros en 2027

La pensión mínima va a ir subiendo de manera progresiva durante los próximos cuatro años hasta situarse en 1.200 euros repartidos en 14 pagas.

Esto va a suponer un alza de un 22% y se va a equiparar el umbral de pobreza de un hogar con dos convivientes.

La paga mínima de viudedad aumenta

Con el fin de equiparar la paga de viudedad a las pensiones contributivas de jubilación, se incrementarán las pensiones de viudedad entre 1.775 y 3.800 euros anuales en cuatro años.

Es decir, la paga mínima de viudedad va a subir en 2024 hasta los 126 euros al mes (ahora mismo es de 40 euros).

Los becarios también cotizarán

A partir del 1 de octubre de 2023 aquellos becarios que se encuentren en modalidad de prácticas regladas porque estudian una carrera universitaria o de formación profesional van a cotizar como trabajadores por cuenta ajena.

Aunque no van a cotizar por desempleo, FOGASA o formación profesional y tampoco aportarán al MEI.

En el caso de las prácticas no remuneradas, además, cada día de prácticas equivaldrá a 1,61 cotizados, sin superar nunca el número de días del mes.

Otros cambios en el sistema de la Seguridad Social

La Ley de Presupuestos indicará a partir del año 2033 el desembolso anual que se deberá efectuar por el Fondo de Reserva en términos de porcentaje del PIB.

Tendrá un límite máximo para cada ejercicio del periodo 2033-2053, que irá entre el 0,10% del PIB en 2033 y el 0,91% en 2047.

Además, el Real Decreto-ley incluye la creación de un observatorio para el análisis y seguimiento de la prestación por cese de actividad por causas económicas.

En cuanto al cómputo de los períodos de cotización, a efectos de acreditar los períodos de cotización para tener derecho a las prestaciones de jubilación, incapacidad permanente o incapacidad temporal, entre otras, se tendrán en cuenta los períodos en los que la persona trabajadora haya permanecido en alta con un contrato a tiempo parcial, independientemente de la duración de la jornada.

Asimismo, se incluyen cambios sobre los procesos de IT. Tras el agotamiento del plazo de 365 días, la falta de alta médica supondrá que la persona trabajadora se encuentre en la situación de prórroga de incapacidad temporal.

Cuantias de las pensiones 2023

Los cobros mensuales en 14 pagas para las pensiones quedarán de esta forma:

Pensión de jubilación

La pensión de jubilación mínima para personas mayores de 65 años será de entre 743,21 y 966,21 euros mensuales.

Pensión de incapacidad permanente

La pensión de incapacidad dependerá de si se trata de una incapacidad permanente o absoluta y de la edad de la persona que la va a recibir.

Podrá ir desde los 572,21 euros mensuales (si se trata de una incapacidad permanente total para un menor de 60 años) hasta los 1.449,35 euros (si es una incapacidad permanente de gran invalidez).

Pensión de viudedad

La pensión de viudedad también variará en función de la edad de la persona y de si tiene o no cargas familiares.

Por ejemplo, la pensión de viudedad con cargas familiares será de 905,56 euros mensuales en 14 pagas.

Mientras que la pensión de viudedad para una persona menor de 60 años será de 593,28 euros mensuales en 14 pagas.

Pensión de orfandad

De la misma manera, la pensión de orfandad será variable dependiendo de la situación de la persona beneficiaria. En cualquier caso, la cuantía mensual estará limitada a 3.058,81 euros como máximo.

NOVEDADES EN MATERIA DE PENSIONES

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